CONSEJO SUPREMO INDÍGENA DE MICHOACÁN #CSIM 🔥
HERMANOS. LA SOLIDARIDAD DESDE HERMOSILLO, SONORA A COMUNIDADES EN MICHOACAN SE ESTA VIOLANDO EL ARTICULO 2do. Constitucional.
INSTITUTO NACIONAL DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS COMUNIDADES Y PUEBLOS ORIGINARIOS
PUEBLO DE MÉXICO Y MICHOACÁN
A LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN
AL ESTADO MEXICANO
A LA OPINION PUBLICA
#GRV #GRERAVA PERIODISTAS

Comunidades indígenas y afromexicanas de #Michoacán a 6 de septiembre de 2026.
Iretecheri K´eri Kunkorhekua, el Consejo Supremo Indígena de Michoacán #CSIM, consejo libre y autónomo de los pueblos originarios de la entidad, independiente de gobiernos, partidos políticos y órdenes religiosas, conformado por 80 pueblos p’urhépecha, otomí o hñahñú, matlazinca o pirinda, nahuatl y afromexicanos, manifestamos colectivamente lo siguiente:
La denominada “consulta” a la iniciativa de Ley General de Derechos de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos es altamente discriminatoria, en Michoacán, dejará fuera a 109 comunidades indígenas que no se encuentran dentro del catálogo de pueblos y comunidades del Instituto Nacional de Pueblos Indígenas #INPI, no respetando el derecho a la autoadscripción y la historia de los pueblos originarios, toda vez que las comunidades son anteriores a la conformación del Estado mexicano, además de que la iniciativa de ley otorga a este catálogo, el carácter de fundación de derechos y no solo de reconocimiento.
La consulta es simulada, toda vez que no es culturalmente adecuada debido a que no se respetan los usos y costumbres de las comunidades, al no consultar a la máxima autoridad de los pueblos que es la Asamblea General, únicamente se queda en foros que ni siquiera respetan los tiempos y formas de las comunidades. Es una consulta que no cumple con los estándares internacionales en materia indígena, toda vez que de ninguna manera se pueden explicar, analizar, comentar y debatir 453 artículos durante un día o en las 5 horas que en promedio duran los foros.
La consulta es fallida, porque no mantiene un carácter vinculatorio, lo que las comunidades manifiesten en los foros organizados por el INPI, solo serán opiniones que el Estado mexicano no tiene la responsabilidad jurídica de acatar, en pocas palabras el Gobierno Federal decidirá unilateralmente que adicionar o suprimir, además de que en el contenido de la iniciativa de ley, las consultas servirán para legitimar los megaproyectos a pesar de que el resultado de la consulta sea negativo.
La Ley General de Derechos de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos es un retroceso a la lucha histórica que tienen los pueblos y comunidades por su territorio, toda vez que no reconoce este derecho ancestral y reivindicación histórica de los pueblos, entre otras contradicciones, simulaciones y engaños.
Por ello, el día de hoy nos manifestamos de manera pacífica, legítima y colectiva, exigimos una consulta en los tiempos y formas de las comunidades, que emane directamente de las asambleas generales, y sobre todo que no se quede solo en opiniones, sino que mantenga un carácter vinculatorio.
Finalmente, anunciamos que también lucharemos jurídicamente, presentando los recursos necesarios para hacer valer nuestros derechos colectivos a través del Colectivo de Abogados Indígenas Juchári Uinápekua (Nuestra Fuerza), por lo que hacemos un llamado atento y respetuoso para que las demás comunidades también se inconformen y no permitan que les impongan una ley que transgrede sus derechos.
La toma se realiza en la «consulta» que realiza el INPI en sus oficinas en Pátzcuaro (Calle Fresno S/N Col. Morelos).
🐚 CONSEJO SUPREMO INDÍGENA DE MICHOACÁN #CSIM 🔥

HERMANOS. LA SOLIDARIDAD DESDE HERMOSILLO, SONORA A COMUNIDADES EN MICHOACAN SE ESTA VIOLANDO EL ARTICULO 2do. Constitucional.
La consulta” a la iniciativa de Ley General de Derechos de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos es altamente discriminatoria, en Michoacán, dejará fuera a 109 comunidades indígenas que no se encuentran dentro del catálogo de pueblos y comunidades del Instituto Nacional de Pueblos Indígenas.