
H. AYUNTAMIENTO DE HERMOSILLO 2024-2027
A CJ) Hermosllo, Sonora a 12 de Diciembre de 2025 OFICIO -003/Dic-2025 R.SDF. Asunto: El que se indica.
Dip. María Eduwiges Espinoza Tapia Diputada Presidenta de la Mesa Directiva del H. Congreso de Sonora.
Dip. Rebeca Irene Silva Gallardo Diputada Presidenta de la Comisión de Presupuestos y Asuntos Municipales
PRESENTE.
Por este conducto y en función de los establecido por los articulos 25 y 67 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal en mi carácter de Regidora al ser representante popular y facultada a realizar labores de vigilancia de los actos de administración realizadas por el gobierno Municipal de Hermosillo.
Le solicito, en el contexto del analisis que hace el H. Congreso de Sonora de la ley de Ingresos y presupuesto de Ingresos para el ejercicio fiscal 2026 del Ayuntamiento de Hermosillo tenga a bien la revisión de las siguientes
CONSIDERACIONES:
Primera.- Hacer un estudio exhaustivo y profundo al proyecto de la Ley de Ingresos 2026 del Gobierno Municipal de Hermosillo dado que presenta aumentos en diversidad de tarifas de servicios públicos, predial y multas administrativas que significan disposiciones ya declaradas como Inconstitucionales por la Suprema Corte de la Nación, así como la revisión de aquellas que no están suficientemente fundadas, motivadas y justificadas.
Segunda.- Se analice la violación a los Derechos Humanos de la Ciudadanía de Hermosillo provocada por la inobservancia de las obligaciones del órden Municipal contenidas en el artículo 115 de la CPEUM párrafo octavo, mismo en el que se reconoce la facultad UNICA del Congreso local para legislar las normas administrativas, que luego deberá reglamentar el municipio, siempre respetando Ios parametros impuestos por las leyes correspondientes. Esto en lo relativo a garantizar los servicios públicos y la organización de la Administración Pública Municipal.
Los planteamientos vertidos por el Ayuntamiento de Hermosillo en su Ley de Ingresos 2026 tienen la intención de aumentar tarifas a servicios públicos, predial y multas, constituyen una extralimitación de facultades. Al aplicar de manera discrecional los aumentos a los costos antes mencionados, se condiciona el acceso a varios derechos dejando en estado de indefensión a las familias Hermosillenses, orillándolas a contextos de vida indignos, insalubres e inseguros.

Dip. María Eduwiges Espinoza Tapia Diputada Presidenta de la Mesa Directiva del H. Congreso de Sonora.
